¿Que es el Impuesto 10x1000, que lo Genera y Quienes Estan Involucrados?
Para Organismos Públicos:
Grava la emisión de instrumentos de pago a favor de contratistas o prestadores de servicios al sector público, iguales o superiores a 150 Unidades Tributarias, debiendo cancelar al Estado, 1 bolívar por cada 500 bolívares. Este Impuesto se genera al momento de la emisión de la Orden de Pago, y el ente deberá retener el Impuesto para luego, en un período establecido en el Decreto Nº 954 en su Articulo 7, enterar al Estado Carabobo el Impuesto retenido.
Para Entidades Bancarias y Financieras:
Grava la emisión de pagaré, letras de cambio libradas o descontadas por estas entidades, exceptuando aquellas dirigidas a la cancelación de obligaciones derivadas de la adquisición de Artículos para el hogar, de vehículos automotores, de viviendas y de maquinarias y equipos agrícolas. Este Impuesto se genera al momento de otorgar el instrumento crediticio, y la entidad deberá retener el Impuesto para luego, en un período de dos días máximos enterar al Estado Carabobo el Impuesto retenido.
Tributos Estadales:
De conformidad con el Artículo 164 numerales 4, 5 y 7 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, es de la competencia exclusiva de los Estados:
- La organización, recaudación, control y administración de los ramos tributarios propios, según las disposiciones de las leyes nacionales y estadales.
- El régimen y aprovechamiento de minerales no metálicos, no reservados al Poder Nacional, las salinas y ostrales y la administración de las tierras baldías en su jurisdicción, de conformidad con la ley.
- La creación, organización, recaudación, control y administración de los ramos de papel sellado, timbres y estampillas.